
La relación entre el transporte aéreo, el transito aéreo y el Derecho aéreo permite la organización y explotación de las denominadas Libertades del Aire, las cuales constituyen los puntos centrales de discusión, negociación y suscripción de la mayoría de los tratados, convenios, acuerdos o actas de entendimiento entre los Estados involucrados que existen en el ámbito aéreo por ultimo cabe mencionar que existen 9 tipos de Libertades del Aire que se clasifican en:
LIBERTADES TÉCNICAS: Libertades 1 y 2
LIBERTADES COMERCIALES: Libertades 3,4 y 5
OTRAS LIBERTADES: 6,7,8 y 9



La tercera libertad del aire, es la considerada la posibilidad de transporte de pasajeros como carga o courier desde el Estado Bandera (considerando al Estado Bandera a la nacionalidad de la aeronave), hacia otro Estado y la aeronave desembarca pasajeros, correo, entre otros los cuales fueron embarcados en el Estado al que pertenece la aerolínea.
La cuarta libertad del aire consta en la posibilidad de
transportar pasajeros, correo y carga desde cualquier Estado hacia el propio
Estado, en virtud de lo anterior la aeronave va a embarcar pasajeros, correo y
carga con destino al Estado al que pertenece la línea aérea. Llamada también
Libertad de Transporte al Interior.
La quinta libertad del aire consiste en recoger pasajeros,
correo y carga de cualquier Estado miembro para transportar a otro Estado. También
conocida como Libertad de Transporte Externo Consecutivo, concede el derecho a
una aeronave Bandera del Estado “A” a embarcar pasajeros, correo y carga en el
Estado “B” y transportarlos hasta terceros Estados “C”, partiendo del País
Bandera.

La octava libertad del aire es también llamada de cabotaje consecutivo, es el derecho que se acuerda a un Estado para que sus lineas aéreas puedan realizar transporte de cabotaje interno en otro Estado partiendo en el país que pertenece la linea aérea.

La libertad para transportar tráfico entre dos puntos internos en un país “B” con aeronaves basadas en el país “B” sin tocar el país bandera. También se conoce como “el cabotaje completo” o “cielos abiertos”
REFERENCIA BIBLIOGRÁFICA:
Foglia, Ricardo A (1989).Derecho Aeronáutico. Buenos Aires:Periot
Campos García, Maria J. "Las libertades del aire y los derechos aerocomerciales". Tesis de Licenciatura en Derecho. San José, Costa Rica. 2012
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